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¿Qué es el Patent Box? Detalles y aclaraciones

El Patent Box es un beneficio fiscal para la cesión y transmisión de activos intangibles y también de la cesión del llamado know how, o información de experiencias comerciales, industriales o científicas.

El incentivo fiscal consiste en la reducción en un 60% de la base imponible de la renta neta de los ingresos que deriven de la cesión de estos activos intangibles.

Este beneficio fiscal está destinado a empresas que quieran tener disponible en el mercado una serie de activos intangibles desarrollados mediante su explotación a través de terceros.  

El Patent Box está regulado por el artículo 23 de la Ley del Impuesto de las sociedades, mientras que la nueva fórmula para el cálculo de la base imponible se establece en la ley 48/2015. Esta modificación fue puesta en vigencia a partir del 01 de julio del año 2016.

Anteriormente, el incentivo fiscal era de hasta un 40% pero fue modificado en el año 2015, además de introducir otro tipo de modificaciones sobre esta ley, muchas de ellas para adaptarse a los acuerdos de la Unión Europea en general, en lo que respecta a los emprendedores.

CARACTERISTICAS DEL PATENT BOX

Este incentivo fiscal se aplica en cualquier tipo de empresa y también entre empresas del mismo grupo.

El beneficio fiscal puede aplicarse sin importar la fecha de creación del activo y es independiente de otras ayudas y deducciones fiscales.

Es apto para BBII  de cualquier valor y es independiente de la base imponible que tenga la sociedad, siendo apto también aquellas que tengan base imponible negativa.

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REQUISITOS PARA ACTIVAR EL PATENT BOX

En primer lugar, hay que destacar que este incentivo fiscal es aplicable cuando el activo es cedido a otra empresa que lo utilizará para llevar adelante una actividad económica. Los activos intangibles a los que hace referencia el Patent Box son:

  • Procedimientos secretos, fórmulas o planos
  • Dibujos o modelos
  • Derechos sobre informaciones acerca de experiencias industriales, científicas o comerciales

El incentivo fiscal no puede ser aplicado a la cesión del derecho de uso en el caso de obras literarias, artísticas o científicas, marcas, derechos de imagen, equipos industriales o programas informáticos. No obstante y en el caso concreto del Software sí que se podría obtener dicho incentivo en supuestos de cesión de algoritmos avanzados.

Además de esto, la empresa que cede los activos los debe haber creado y la empresa que los recibe debe utilizar los derechos de cesión o de explotación para desarrollar una actividad económica.

Para evitar el aprovechamiento de los beneficios fiscales, los resultados de dicha actividad económica no deben materializarse en la entrega de bienes o prestación de servicios por el cesionario que generen gastos fiscalmente deducibles en la entidad cedente, siempre que dicha entidad esté vinculada con la empresa que cede los activos.

Hay que considerar que la empresa que recibe los derechos no debe tener residencia en un paraíso fiscal o en un país con nula tributación.

También hay que tener en cuenta que, si en un mismo contrato de cesión se incluyen prestaciones accesorias de servicios, deben diferenciarse de las propias de la cesión del activo.  

¿EXISTEN OTROS BENEFICIOS FISCALES ADEMÁS DEL PATENT BOX?

Hay que considerar que, además del Patent Box, en España existen otro tipo de beneficios fiscales para las empresas dedicadas a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica.

  • Deducciones por innovación tecnológica: se puede deducir el 12% de todos los gastos orientados al desarrollo de novedades tecnológicas con respecto a las utilizadas anteriormente por la empresa. Hay que considerar que dichos desarrollos deben significar nuevos productos o procesos o bien mejoras sustanciales de los mismos.
  • Deducciones por I+D: se puede deducir hasta un 42% máximo de los gastos más la posibilidad de una deducción extra del 17% correspondiente a gastos del personal cualificado. En el caso concreto del software, para obtener estas deducciones, éste debe ser de tipo avanzado, es decir, debe incluir nuevos sistemas operativos, lenguajes o aplicaciones que den como resultado la elaboración de productos y procesos nuevos o mejorados con respecto a los anteriores.
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